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Código de Transito y Transporte Artículo 11.1.4 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 11.1.4. Escala para descuento de puntos

El puntaje a descontar se establece de acuerdo a la siguiente escala:

a)En los casos de sanciones por conductas tipificadas en los artículos 6.1.14, 6.1.57 y 6.1.58 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires  , se descontarán dos (2) puntos.

b)En los casos de sanciones por conductas tipificadas en los artículos 6.1.2, 6.1.3, 6.1.4, 6.1.14.1, 6.1.27, 6.1.32, 6.1.34, 6.1.37, 6.1.38, 6.1.40 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires  , se descontarán cuatro (4) puntos.

c)En los casos de sanciones por conductas tipificadas en los artículos 6.1.26, 6.1.29, 6.1.33, 6.1.39 y 6.1.63 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires  , se descontarán cinco (5) puntos.

Asimismo se le aplicará el mismo descuento de puntos la conducta tipificada en el artículo

6.1.28  para los casos en que el exceso de velocidad sea en más de diez kilómetros por hora (10 km/h) hasta veinte kilómetros por hora (20 km/h) en la velocidad permitida para el tipo de arteria. En el caso de Vías Rápidas, se descontarán la misma cantidad de puntos para aquellos conductores que circulen en más de veinte kilómetros por hora (20 km/h) y hasta cuarenta kilómetros por hora (40 km/h) en exceso de la velocidad permitida.

d)En los casos de sanciones por conductas tipificadas en los artículos 6.1.9, 6.1.11, 6.1.65 y 6.1.72 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires  y en los casos de sanciones por conductas tipificadas en los artículos 111 y 114 del Código Contravencional  ,  se descontarán diez (10) puntos.

Asimismo se le aplicará el mismo descuento de puntos a la conducta tipificada en el artículo

6.1.28  para los casos en que el exceso de velocidad sea en más de veinte kilómetros por hora (20 km/h) en la velocidad permitida para el tipo de arteria. En el caso de Vías Rápidas, se descontarán la misma cantidad de puntos para aquellos conductores que circulen en más de cuarenta kilómetros por hora (40 km/h) en exceso de la velocidad permitida.

e)En  los  casos  de  sanciones  por  conductas  tipificadas  en  el  artículo  112  del  Código Contravencional  se descontarán veinte (20) puntos.

En caso de concurso real de las conductas previstas en este artículo se descontarán diez (10) puntos como máximo, exceptuando lo dispuesto en el inciso e) por el que se descontarán los veinte (20) puntos.

La Autoridad de Aplicación deberá al momento de la reglamentación de la presente ley arbitrar los medios y acciones necesarias para que la Unidad Administrativa de Control de Faltas tome conocimiento de las infracciones cometidas a los efectos de la aplicación del presente Sistema



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Artículo 1.1.1 ...11.1.2 11.1.3 11.1.4 11.1.5 11.1.6 ...12.12.10

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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