Código de Procedimientos Mineros Artículo 8 Provincia del Neuquén
Código de Procedimientos Mineros Neuquén
Artículo 8. Requisitos de las Presentaciones
Toda presentación que se realice ante la Autoridad Minera, deberá llenar los requisitos exigidos por el Código de Minería, Leyes complementarias y el presente Código. Consignará, además:
1)Nombre y apellido, estado civil, profesión y domicilio real.
2)Lo peticionado, en términos claros.
3)La situación y señales necesarios para identificar el sitio sobre el que se peticionará.
4)Plano o croquis de ubicación sobre el terreno, referido a señales claras, y en lo posible a hitos o mojones de los organismos Públicos, Provinciales o Nacionales, y en su defecto a accidentes topográficos notables. Las distancias y rumbos deberá estar referidos con exactitud y en lo posible a la línea Norte-Sur, verdadero.
5)Denunciará también el nombre y domicilio del propietario, indicando las condiciones del inmueble.
Si las manifestaciones contenidas en la presentación resultaren falsas, el peticionante cargará los gastos y costos ocasionados.
Provincia del Neuquén Artículo 8 Código de Procedimientos Mineros
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?
Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios