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Código de Procedimientos Mineros Artículo 154 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Código de Procedimientos Mineros La Rioja
Artículo 154.

El original de la Guía de Tránsito será enviado a la Autoridad de Aplicación del día uno (1) al diez (10) del mes siguiente a su emisión. El duplicado quedará en posesión del concesinario o productor. El triplicado y cuadruplicado acompañarán la carga hasta su destino final, quedando el triplicado para el diestinatario del material y/o mineral transportado, mientras que el cuadruplicado será enviado por el comprador a la Autoridad de Aplicación del día una (1) al diez (10) del mes siguiente a su recepción.

En caso de que por cualquier circunstancia se anule una guía del talonario, deberá remitirse con sus copias a la Autoridad de Aplicación para su constancias del día uno (1) al diez (10) del mes siguiente a su inutilización.



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por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar


estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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