Código de Procedimiento Minero Artículo 63 Provincia de Córdoba
Código de Procedimiento Minero Córdoba
Artículo 63.
La concesión caduca de pleno derecho por revocación de la misma conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Código de Minería, por la manifestación de descubrimiento, o por el vencimiento del término de quince (15) meses que el Código de Minería acuerda a esta clase de concesiones.Aun cuando no se haya cumplido dicho término, si la Autoridad Minera estima que se ha obtenido el hallazgo de mina, notificará al interesado a fin de que solicite el registro dentro de los treinta (30) días siguientes al de la notificación.
Provincia de Córdoba Artículo 63 Código de Procedimiento Minero
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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