Código de Justicia Militar Artículo 185 Nacional
Código de Justicia Militar Nacional
Artículo 185.
El sumario no podrá durar más de cinco días, no computándose en este término las demoras por diligencias forzosas que hubiere que practicar fuera del lugar donde funciona el instructor. Si terminada la investigación de los hechos, faltare agregar el sumario antecedentes o documentos cuyo contenido no puede ejercer influencia decisiva en el resultado de dicha investigación, el juez instructor elevará los autos en la forma preceptuada en el artículo 327 sin esperar la llegada de aquéllos, y haciendo presente esa circunstancia en su informe terminal. Los exhortos y oficios diligenciados que se reciban después, se agregarán a los autos, en cualquier estado que éstos se encuentren.
Nacional Artículo 185 CJM
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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