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Código de Justicia Militar Artículo 181 Nacional


Derogado

Código de Justicia Militar Nacional
Artículo 181.

El sumario tiene por objeto: 1 Comprobar la existencia de alguno de los hechos que este código reprime; 2 Reunir todos los datos y antecedentes que pueden influir en su calificación legal; 3 Determinar la persona de los autores, cómplice o encubridores y personas que tengan responsabilidad disciplinaria por faltas, a consecuencia de los mismos hechos, siempre que dichas personas sean de jerarquía inferior a la del juez instructor; 4 Practicar todas las diligencias necesarias para la aprehensión de los imputados y para asegurar la efectividad de la pena.

Nacional Artículo 181 CJM
Artículo 1 ...179 180 181 182 183 ...888

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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