Código de Aguas Artículo 270 Provincia de Salta
Código de Aguas Salta
Artículo 270. Imposición
Además de las establecidas por este Código para la mejor administración, explotación, exploración, conservación contralor o defensa contra efectos nocivos de las aguas, la Autoridad de Aplicación puede establecer restricciones al dominio privado imponiendo a sus titulares o usuarios obligaciones de hacer, de no hacer o de dejar hacer.
Provincia de Salta Artículo 270 Código de Aguas
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Constitución San Luis Artículo 283. Convencionales - Requisitos - Incompatibilidades - Inmunidades Código de Aguas Salta Artículo 260. Reparto - Principio de la equidad Código de Aguas Salta Artículo 38. RenunciaRecomendados
Código de Aguas Salta Artículo 279. Requisitos para imponer servidumbres Código de Aguas Salta Artículo 290. Características del acueducto y accesorios Código de Aguas Salta Artículo 156. Recarga artificial de acuíferos subterráneos Código de Aguas Salta Artículo 75. Ley Especial Código de Aguas Salta Artículo 261. Suspensión inculpablePublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios