Código de Aguas Artículo 243 Provincia de Salta
Código de Aguas Salta
Artículo 243. Cantidad de Tomas y Canales
El número de tomas temporales en los cursos naturales y canales será el menor posible y la Autoridad de Aplicación está facultada para mandar a cerrar las que considere innecesarias o reunir varias en una sola y no se permitirá la existencia de dos o más canales contiguos.
Provincia de Salta Artículo 243 Código de Aguas
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código de Aguas Salta Artículo 86. Ley Especial Código de Aguas Salta Artículo 80. Requisitos para obtener concesión y habilitación Ley de psicotrópicos Artículo 5. Código de Aguas Salta Artículo 82. Cambio de ubicación del establecimiento Código de Aguas Salta Artículo 231. Uso de obras construidasRecomendados
Código de Aguas Salta Artículo 11. Efectos de la veda y reserva Código de Aguas Salta Artículo 240. Dotaciones de refuerzo Código de Aguas Salta Artículo 218. Aplicación del régimen Código de Aguas Salta Artículo 9. Política de aprovechamiento Código de Aguas Salta Artículo 68. Prestación del ServicioPublique la información de sí mismo
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