Código de Aguas Artículo 186 Provincia de Salta
Código de Aguas Salta
Artículo 186. Facultad indelegable
No obstante la constitución del consorcio, es indelegable la facultad de la Autoridad de Aplicación de disponer cuando estime necesario, la defensa y correcta utilización del agua pública.
Provincia de Salta Artículo 186 Código de Aguas
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Constitución Jujuy Artículo 234. DEL CONSEJO PROVINCIAL DE MUJERES, LA IGUALDAD DE GÉNERO Y EL RESPETO A LAS DIVERSIDADES Código Electoral Córdoba Artículo 85. Obligación de denunciarRecomendados
Código de Aguas Salta Artículo 299. Aplicación de normas Código de Aguas Salta Artículo 111. Extinción y caducidad Código de Aguas Salta Artículo 146. Otorgamiento de concesión Código de Aguas Salta Artículo 227. Ley aplicable Código de Procedimiento Contencioso Administrativo Salta Artículo 23.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios