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Código Contravencional Artículo 114 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Contravencional Salta
Artículo 114.

Ser n sancionados con arresto de hasta quince (15) días, conmutables con multa equivalente, las personas que ofrecieren o incitaren en la vía pública a practicar actos sexuales, por dinero o cualquier otra retribución que ofreciere.

Provincia de Salta Artículo 114 Código Contravencional Ley 7135 28 de Mayo de 2001
Artículo 1 ...112 113 114 115 116 ...171

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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


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