CCCN Artículo 564
Código Civil y Comercial
Artículo 564. Contenido de la información
A petición de las personas nacidas a través de las técnicas de reproducción humana asistida, puede:
a) obtenerse del centro de salud interviniente información relativa a datos médicos del donante, cuando es relevante para la salud;
b) revelarse la identidad del donante, por razones debidamente fundadas, evaluadas por la autoridad judicial por el procedimiento más breve que prevea la ley local.
Artículo 564 CCC
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Estatuto del docente Tucumán Artículo 72. Programa de Protección Integral a pacientes oncológicos infanto-juveniles Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Código Procesal Penal San Juan Artículo 206. Acceso del público Código Procesal Civil y Comercial Catamarca Artículo 527. Efectos del reconocimiento de la firma Compensación de la Ley Nacional N° 27.429 Chubut Artículo 4.Recomendados
Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023 Buenos Aires Artículo 65. Código Civil y Comercial Nacional Artículo 562. Voluntad procreacional Código Civil y Comercial Nacional Artículo 558. Fuentes de la filiación. Igualdad de efectos Código Civil y Comercial Nacional Artículo 607. Supuestos Código Civil y Comercial Nacional Artículo 557. Medidas para asegurar el cumplimientoPublique la información de sí mismo
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