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CCCN Artículo 2628 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Civil y Comercial Nacional
Artículo 2628. Derecho aplicable

La unión convivencial se rige por el derecho del Estado en donde se pretenda hacer valer.



Nacional Artículo 2628 CCC
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TITULO VI

De las restricciones y límites del dominio

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