Código Aduanero Artículo 1169 Nacional
Código Aduanero Nacional
Artículo 1169.
Los plazos señalados para la actuación del Tribunal Fiscal se prorrogarán cuando el Poder Ejecutivo resolviere de modo general establecer plazos mayores en atención al cúmulo de trabajo que pesare sobre dicho tribunal, demostrado por estadísticas que éste le someterá. Los plazos establecidos en este Capítulo también podrán prorrogarse por acuerdo de partes, pero la prórroga en este caso no excederá de SESENTA (60) días.
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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