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Código Aduanero Artículo 1120 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Aduanero Nacional
Artículo 1120.

La autoridad de prevención interviniente debe:

a) poner en inmediato conocimiento del juez competente la iniciación del sumario; b) comunicar de inmediato al juez competente la existencia de detenidos si los hubiere, los que debe poner a su disposición dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de la detención. Si el sumario de prevención no hubiere finalizado, se remitirán al magistrado las piezas originales de lo actuado hasta ese momento, prosiguiéndose la investigación con copia autenticada; c) poner a disposición de la aduana de la jurisdicción, cuando ésta no fuera la autoridad de prevención originaria, la mercadería involucrada en el hecho, a los fines de su verificación, clasificación y valoración. El informe correspondiente debe agregarse de inmediato al sumario; d) mantener informado al juez competente del curso de la investigación y cumplir las directivas que éste le impartirse.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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