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Carta orgánica del municipio Profesor Salvador Mazza Artículo 115 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Carta orgánica del municipio Profesor Salvador Mazza Salta
Artículo 115. Doble lectura

Se requerirá doble lectura en las Ordenanzas que versen sobre:

1. Privatizar obras, servicios y funciones del Municipio.

2. Municipalizar obras y servicios.

3. Crear entidades descentralizadas y autárquicas.

4. Otorgar el uso continuado y exclusivo de bienes de dominio público del Municipio.

5. Crear empresas municipales y de economía mixta.

6. Aprobar los pliegos de bases y condiciones para la concesión de servicios públicos.

7. Crear nuevos tributos o aumentar los existentes.

8. Contraer empréstitos y créditos públicos por más de cuatro (4) años.

9. Otorgar la autorización para la concesión de obras públicas por más de quince (15) años.

10. Otorgar la autorización para la concesión de servicios públicos por más de diez (10) años.

11. Presupuesto.

Entre la primera y segunda lectura debe mediar un plazo no menor de quince (15) días corridos, en el que el Concejo Deliberante debe dar amplia difusión al proyecto y realizar al menos una audiencia pública, teniendo especial cuidado de invitar a las personas y entidades interesadas en su discusión.

Para la aprobación de los supuestos mencionados se requiere que en ambas lecturas el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo Deliberante.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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