Carrera Sanitaria Provincial Artículo 22 Provincia del Chaco
Carrera Sanitaria Provincial Chaco
Artículo 22. NIVEL DIRECTIVO
El ejercicio de las funciones emergentes de los grupos previstos para el Nivel Directivo, se realizará por concurso cerrado, pudiendo participar en el mismo los integrantes de la Carrera Sanitaria Provincial y los agentes que cumplan funciones en las unidades administrativas del nivel central del Ministerio de Salud Pública.
Si este concurso se declarara desierto podrá llamarse a concurso abierto, del cual podrán participar cualquier agente de la planta permanente de la Administración Pública Provincial, que acredite idoneidad y las condiciones exigidas.
La duración de los cargos en este Nivel será de cuatro (4) años, luego de los cuales los mismos se concursarán nuevamente.
Provincia del Chaco Artículo 22 Carrera Sanitaria Provincial LEY 7.664, 14 de Octubre de 2015
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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