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Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Artículo 46 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Santa Fe
Artículo 46.

Los responsables u obligados que no depositen los aportes personales mensuales de cualquier naturaleza, cuotas, contribuciones y todo otro crédito que le corresponda a la Caja e impuestos por el régimen de la presente ley y sus reglamentaciones dentro de los plazos legales, incurren en mora, la que se establece que opera en forma automática por el sólo vencimiento de los plazos sin necesidad de interpelación alguna.

Los aportes personales adeudados deben abonarse con más los recargos correspondientes, en función de una tasa de interés que fije el Directorio, la que no puede ser inferior al promedio entre tasa activa -promedio mensual efectiva para descuentos de documentos en pesos a 30 días y tasa pasiva -promedio mensual efectiva para plazos fijos en pesos a 30 días- del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. o en el futuro la del banco que sea el agente financiero de la provincia, por intermedio de un módulo previsional de cobranza (M.P.C.) y si financia el pago, por intermedio de un módulo previsional de contrato de financiación (M.P.C.F.) y sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponder.

Todas las demás obligaciones dinerarias en mora, impuestas o derivadas de la aplicación de esta ley o por resolución del Directorio, deben abonarse con más los recargos correspondientes y sin perjuicio de las sanciones que correspondan, por intermedio de la aplicación del Módulo . Previsional de Cobranza de Otros Recursos (M.P.C.O.R.) establecido en función de la tasa de interés que fije el Directorio.

En caso de que el Directorio evalúe la necesidad de modificar la metodología de cobranza o los parámetros que definen la tasa de interés a aplicar, se requiere aprobación de los dos tercios (2/3) de los miembros del Directorio e igual mayoría especial por parte del Consejo de Representantes.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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