Autorización al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos con entidades públicas o privadas, nacionales Artículo 1 Provincia de Santa Fe
Autorización al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, para el financiamiento total o parcial de las erogaciones que importe la atención de la pandemia por COVID-19 Santa Fe
Artículo 1.
Autorizase al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos por un monto total de hasta PESOS QUINCE MIL MILLONES ($ 15.000.000.000) o su equivalente en moneda internacional con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, para el financiamiento total o parcial de las erogaciones que importe la atención de la pandemia por COVID-19 en consonancia con las habilitaciones de créditos presupuestarios dispuestas por los Decretos Nº 269/20 y 171/20.
Dicho endeudamiento podrá ser contraído mediante los mecanismos y/o instrumentos financieros que el Poder Ejecutivo juzgue más apropiados oportunamente, incluyendo sin carácter limitativo, emisiones de títulos de deuda pública en los mercados de capitales nacionales e internacionales, debiendo en todos los casos asegurar que el producido del financiamiento sea afectado al objeto que se consigna precedentemente.
Provincia de Santa Fe Artículo 1 Autorización al Poder Ejecutivo a suscribir préstamos con entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, para el financiamiento total o parcial de las erogaciones que importe la atención de la pandemia por COVID-19
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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