Autorizacion al Poder Ejecutivo a los fines de constituir fiduciaria Artículo 1 Provincia de San Juan
Autorizacion al Poder Ejecutivo a los fines de constituir fiduciaria San Juan
Artículo 1.
Autorízase al Poder Ejecutivo a constituir una Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria, con la finalidad de propender al desarrollo socioeconómico y productivo de la Provincia de San Juan, bajo el régimen de la Ley Nacional Nº 19550 y sus modificatorias, que se denominará FIDUCIARIA San Juan SAPEM, la que tendrá personería jurídica plena y capacidad para actuar pública y privadamente en cumplimiento de su objeto. FIDUCIARIA San Juan SAPEM, tendrá domicilio legal en la Ciudad de San Juan, su capital social será de Pesos Seis Millones ($6.000.000) y estará integrado como mínimo en un noventa y siete por ciento (97%) por el Estado Provincial, y hasta un tres por ciento (3%) por el sector privado.
Provincia de San Juan Artículo 1 Autorizacion al Poder Ejecutivo a los fines de constituir fiduciaria
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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