Autorización a la Dirección General de Rentas a proporcionar información de los contribuyentes Artículo 4 Provincia de La Pampa
Autorización a la Dirección General de Rentas a proporcionar información de los contribuyentes La Pampa
Artículo 4.
Autorízase al Poder Ejecutivo a otorgar avales por hasta el CIENTO POR CIENTO (100%) de las deudas correspondientes a Líneas Crediticias instrumentadas o a instrumentar por el Banco de La Pampa S.E.M., destinadas al financiamiento de proyectos productivos, que se encuentren en proceso de realización de inversiones, puesta en marcha o en producción, y cuya iniciación o normal desarrollo se haya visto afectado por los efectos económicos que genera la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) producida por el Coronavirus (COVID-19).
Los beneficiarios se deberán encontrar en Situación 1, de acuerdo a lo establecido en la normativa emitida por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.) sobre clasificación de deudores, y generar o mantener la fuente laboral de empleados en relación de dependencia dentro de la provincia de La Pampa - cuya cantidad será determinada por la reglamentación-, no pudiendo este aval en forma global superar la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($ 150.000.000).
Provincia de La Pampa Artículo 4 Autorización a la Dirección General de Rentas a proporcionar información de los contribuyentes del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para la instrumentación de una línea crediticia
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Código Fiscal La Pampa Artículo 152. COLABORACIÓN DEL PÚBLICO Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Santa Fe Artículo 46. Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires Artículo 129. Afectación de las multas Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2024 Buenos Aires Artículo 139. Creación del Plan Conectividad Córdoba Artículo 3.Publique la información de sí mismo
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