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Autoriza en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la realización de carreras de caballos Artículo 4 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Autoriza en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la realización de carreras de caballos Río Negro
Artículo 4.

Los sujetos autorizados, conforme al artículo 3º de la presente que programen carreras de caballos, deben comunicar de manera fehaciente a la autoridad de aplicación, con una antelación no menor a quince (15) días hábiles a la fecha del evento, lo siguiente:

a) Fecha y hora de inicio.

b) Datos del organizador.

c) Datos de los vendedores de apuestas.

d) Datos del veterinario designado, que tiene como función entre otras, verificar la identidad de los caballos.

e) Toda otra documentación que fije la reglamentación.



Provincia de Río Negro Artículo 4 Autoriza en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la realización de carreras de caballos
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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