Aprobando convenio marco de cooperación N° 2818 Artículo 2 Provincia de La Pampa
Aprobando convenio marco de cooperación N° 2818 La Pampa
Artículo 2.
Apruébase el Convenio Particular suscripto el 22 de julio de 2011, entre el Ministerio de Salud de la provincia de La Pampa y la Universidad Nacional de La Pampa y su Addenda de fecha 27 de julio de 2012, a fin de instrumentar el dictado del "Ciclo de Ingreso o Curso de Nivelación para el ingreso al ciclo lectivo 2012 de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba" y el "Perfeccionamiento de recursos humanos", los cuales forman parte integrante de la presente Ley y fueran ratificados por decreto 1900/11, rectificado por decreto Nº 2816/11 y 1214/12 respectivamente.
Provincia de La Pampa Artículo 2 Aprobando Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad Nacional de Córdoba y el Ministerio de Salud de la Provincia
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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