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Adhesión Provincial al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones Artículo 7 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Adhesión Provincial al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones Mendoza
Artículo 7. Pautas de Liquidación

El Ministerio de Hacienda y Finanzas tendrá a su cargo la liquidación de la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, para lo cual deberá nombrar un Liquidador que contará con las facultades y recursos necesarios para llevar a cabo la correspondiente labor. El Liquidador designado, destinará los bienes y derechos que se encuentren detallados en el Inventario que se confeccione al efecto, a las entidades que determine entre las comprendidas en el Art. 4º de la Ley N° 8.706, debiendo adoptar los mecanismos o instrumentos que considere convenientes para la administración y o destino de los bienes y derechos que se detallen en el inventario antes aludido. El Liquidador tendrá a su cargo la gestión integral de los recursos humanos de la entidad, quedando facultado para liquidar y abonar salarios y cargas sociales, abonar las indemnizaciones que correspondan por retiro voluntario o indemnizaciones conforme la normativa vigente, tramitar y autorizar la transferencia del personal a otras reparticiones de la Administración Pública Provincial, garantizando el cumplimiento de las normas laborales y administrativas vigentes y toda otra cuestión que resulte necesaria a estos fines. Asimismo, en caso de existir deudas u obligaciones pendientes, el Liquidador contará con todos los recursos y autorizaciones necesarios hasta que las deudas y obligaciones pendientes queden plenamente canceladas. Mientras dure el proceso de liquidación, contará con las facultades que la Ley N° 6.071 asigna a la Administradora Provincial del Fondo para la Transformación y el Crecimiento que resulten compatibles o necesarias con las tareas de liquidación y supresión del ente.



Provincia de Mendoza Artículo 7 Adhesión Provincial al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones regulado en el Título XXIII de la Ley 27.802 Ley 9718, 23 de Julio de 2026
Artículo 1 ...5 6 7 8 9 ...31

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hasta cuantos metros el que viene por la derecha tiene prioridad de paso?



Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo


si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


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