Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 27.328-Contratos de Participación Público-Privada (Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 27.328) Provincia de Misiones
Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nro. 27.328-Contratos de Participación Público-Privada Provincia de Misiones
- Artículo 1. Adhiérese la provincia de Misiones a la Ley Nacional N.º...
- Artículo 2. Los contratos de participación público privada constituyen una...
- Artículo 3. Los organismos provinciales así como las sociedades anónimas de...
- Artículo 4. Un proyecto de participación público privada puede ser presentado bajo la...
- Artículo 5. Créase la Unidad Provincial de Contratos de Participación Público...
- Artículo 6. Créase el Programa Provincial de Participación Público Privada, el cual...
- Artículo 7. Créase el Fideicomiso Provincial de Participación Público Privada,...
- Artículo 8. El fideicomiso puede emitir títulos...
- Artículo 9. La Provincia puede constituirse como fiduciante de...
- Artículo 10. Créase en el ámbito de la Cámara de Representantes de la Provincia la...
- Artículo 11. La Comisión, una vez integrada, se reúne a los efectos de elegir un...
- Artículo 12. Son funciones de la Comisión Especial de Seguimiento y Control del Programa...
- Artículo 13. Anualmente la Autoridad de Aplicación debe remitir ante la Comisión Especial...
- Artículo 14. Todo lo no previsto en la presente Capítulo se rige supletoriamente por el...
- Artículo 15. Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley, el Ministerio de Hacienda,...
- Artículo 16. En los términos del Artículo 5 de la Ley Nacional N.°...
- Artículo 17. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar adecuaciones, modificaciones y...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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