
Nombre: Alejandra Martínez Ortega
Gracias por aceptar mi registro. Soy Alejandra Martínez Ortega, abogada especializada en Derechos Digitales, Inteligencia Artificial (IA), Activos Digitales y Derecho Societario. Con una sólida formación y amplia experiencia en la intersección entre derecho y tecnología, ha destacado por integrar herramientas digitales en la práctica legal y la docencia. Mi trabajo aborda la transformación del derecho, especialmente en el ámbito societario, mediante la regulación de tecnologías emergentes y la protección de datos. Además, como docente universitaria, preparo a las nuevas generaciones de abogados para un entorno legal influenciado por la tecnología. A propósito, me gustaría compartir algunas ideas acerca del derecho societario y las nuevas tecnologías.
Aprendiendo derecho societario a través de las nuevas tecnologías
No es un secreto que estamos viviendo la cuarta revolución industrial, un proceso en el que la tecnología tiene un impacto creciente tanto en nuestras vidas personales como en las instituciones de las que formamos parte. Este fenómeno subraya la relevancia de la presente obra colectiva, que surge de la preocupación compartida entre los docentes universitarios comprometidos con mantener un proceso de enseñanza-aprendizaje de calidad.
Aunque cada generación ha enfrentado la necesidad de introducir innovaciones pedagógicas, la irrupción de la tecnología en la vida cotidiana de los estudiantes jóvenes nos está llevando hacia un cambio constante y acelerado que desafía las metodologías tradicionales de enseñanza, las cuales solían ser efectivas para despertar el interés por las disciplinas.
En 2023, se estimó que se enviaron 40 millones de mensajes por WhatsApp o Messenger y 190 millones de correos electrónicos por minuto a nivel mundial. Y esto representa sólo una fracción de las formas en que nos conectamos, sin contar las numerosas búsquedas que realizamos en internet.
En los últimos años, ha cobrado fuerza la llamada "internet de las cosas", que hace referencia a la conectividad digital de objetos cotidianos a través de mecanismos automáticos gestionados por inteligencia artificial (IA). Esto ha dado paso a la "internet de todas las cosas", caracterizada por la interconexión de personas, procesos y dispositivos. Esta hiperconexión genera una cantidad masiva de datos, a los que se suman herramientas cada vez más sofisticadas que no solo almacenan, sino que organizan, interpretan y analizan la información para emitir juicios, hacer predicciones y, en algunos casos, tomar decisiones, aunque aún de menor importancia. Todo esto ha alterado profundamente la realidad socio-cultural que conocíamos.
Dado que el derecho regula las relaciones sociales, es fundamental también analizar las implicancias jurídicas de estos cambios. La tecnología se ha convertido no solo en un objeto de estudio del derecho, sino también en una herramienta que utilizamos para investigarla y comprenderla.
Como docentes, nuestra labor es acompañar a los estudiantes en la adaptación de los planes de estudio, que ahora deben incorporar nuevos contenidos, y en el proceso de recopilación y análisis de información, desarrollando habilidades que les permitan discernir qué datos son relevantes y de calidad ante la sobrecarga de información disponible. Esto nos obliga a replantear nuestras responsabilidades y a reflexionar sobre la ética en la enseñanza.
Un cambio significativo en la interacción de los docentes con la tecnología ocurrió durante la pandemia de 2020 y 2021, cuando nos vimos obligados a digitalizar nuestras clases. Fue entonces cuando descubrimos que las nuevas tecnologías se convirtieron en nuestras aliadas para continuar con el proceso de enseñanza-aprendizaje.
Qué hacer y qué no hacer en la enseñanza del derecho societario
Los nuevos avances tecnológicos han transformado casi todos los aspectos del derecho societario: desde la constitución de sociedades, los tipos societarios y los aportes de los socios, hasta la actividad empresarial, los sistemas de gestión, el ejercicio de derechos como la información, voz y voto, y la conducta de los administradores. Sumando, como indica Jorge Castro, la irrupción del blockchain y los activos digitales como centro de atención tributaria en las estructuras societarias modernas.
Todo esto ha dado lugar a una complejidad sin precedentes en el tratamiento de la información empresarial. En este contexto, la autonomía de la voluntad, especialmente cuando se pone en juego el derecho a la protección de los datos personales, también afecta la formación ética de los futuros abogados.
Debemos animar a los estudiantes a realizar investigaciones en la web, apoyándose en la IA, para luego discutir los resultados en clase y trabajar conjuntamente en la construcción de herramientas críticas y reflexivas.
Un recurso interesante sería utilizar programas interactivos que obliguen a los estudiantes a superar obstáculos, retroceder si cometen errores y mejorar sus documentos a medida que el sistema les señala fallos. Este enfoque, similar a los juegos interactivos que los estudiantes conocen bien, les permitirá adaptarse mejor a las herramientas tecnológicas, lo que facilitará su aprendizaje y evaluación.
La IA también permite un aprendizaje colaborativo, agrupando a los estudiantes según sus intereses, habilidades y necesidades, en lugar de basarse en su ubicación física en el aula. Además, ofrece alternativas para enriquecer las conversaciones, aportando nuevos argumentos al debate.
Hoy en día, interactuamos con chatbots en bancos, empresas de servicios y proveedores de bienes. Este mismo sistema puede aplicarse en el ámbito académico, para que los estudiantes interactúen con un chatbot en tiempo real durante el proceso de aprendizaje.
Otra herramienta útil es la moderación inteligente, que puede alertar al estudiante cuando se desvía del tema o utiliza conceptos erróneos, ayudando a mejorar la calidad del razonamiento.
Estos son solo algunos ejemplos de herramientas que, lejos de entorpecer el proceso de enseñanza-aprendizaje, pueden ser valiosas aliadas en la difícil tarea de lograr que los estudiantes universitarios vuelvan a aprender a interpretar textos, a ser concisos en sus exposiciones verbales y a emplear el lenguaje técnico-jurídico adecuado.
Bibliografía consultada:
- ABRIANI NOCCOLO, G. – SCHNEIDER, G., Derecho empresarial e inteligencia artificial. De las Fintech a las Corptech, Il Mulino, Bologna, 2021, p. 10.
- ABRIANI NOCCOLO, G. – SCHNEIDER, G., Derecho empresarial e inteligencia artificial. De las Fintech a las Corptech, 2021, Il Mulino, Bologna, p. 443 y ss.
- CASTRO, J., Activos digitales y su ordenación tributaria, en https://jorgecastro.cl.
- COICAUD, S., Potencialidades didácticas de la inteligencia artificial, Buenos Aires, Noveduc Gestión, 2019, p. 10.
- JONAS, H., El principio de responsabilidad. Ensayo para una ética para la civilización tecnológica, en https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-569X2001000200009#:~:text=El%20Principio%20de%20la%20Responsabilidad, poder%20transformador%20de%20la%20tecnociencia.
- SHULMAN, L., Conocimiento y enseñanza: fundamento de la nueva reforma, en https://www.ugr.es/~recfpro/rev92ART1.pdf.
- SIEMENS, G., Conectivismo. Una teoría de aprendizaje para la era digital, publicado en https://www.humanasvirtual.edu.ar/wp-content/uploads/2013/12/Siemens2004-Conectivismo.pdf.
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
hasta cuantos metros el que viene por la derecha tiene prioridad de paso?
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
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