Estableciendo un régimen tarifario especial denominado Tarifa Eléctrica de Interés Social Única (Tarifa Eléctrica de Interés Social Única) Provincia de La Pampa
Estableciendo un régimen tarifario especial denominado Tarifa Eléctrica de Interés Social Única Provincia de La Pampa
- Artículo 1. Establécese un régimen tarifario especial para los usuarios del servicio...
- Artículo 2. Denomínese Persona con condición de Electrodependiente a todos los usuarios...
- Artículo 3. La condición de Persona Electrodependiente será determinada por un médico...
- Artículo 4. La Tarifa a la que se refiere el artículo 1° alcanza a todos los...
- Artículo 5. Serán beneficiados con la tarifa creada por el artículo 1º, aquellos...
- Artículo 6. Créase un Registro Oficial de Usuarios Electrodependientes que será...
- Artículo 7. El usuario gozará de una bonificación mensual del cien por ciento (100%), en...
- Artículo 8. Los usuarios con la condición de Electrodependientes quedarán eximidos del...
- Artículo 9. Para los beneficiarios de esta Ley, la interrupción programada del servicio...
- Artículo 10. En el caso que el usuario con la condición de Electrodependiente no posea un...
- Artículo 11. En el caso que el usuario cambie su condición de tal, por la cual se brinda...
- Artículo 12. La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Desarrollo Social de la...
- Artículo 13. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente en un plazo de treinta (30)...
- Artículo 14. El Poder Ejecutivo afectará las partidas necesarias para el cumplimiento de...
- Artículo 15. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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