Sistema de Contrataciones de la Provincia Artículo 83 Provincia de Salta
Sistema de Contrataciones de la Provincia Salta
Artículo 83. Pago de facturas
El pago de facturas se efectuará en los plazos que establezca cada pliego de bases y condiciones o documentación que haga sus veces. Vencido el plazo de pago previsto, la entidad contratante incurrirá en mora y deberá reconocerle al contratista un resarcimiento por el período transcurrido entre la fecha de pago prevista contractualmente y la del efectivo pago, salvo que la demora no le fuera imputable.El procedimiento y la determinación del resarcimiento por pago en mora serán fijados en la reglamentación.
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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