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Sistema de Contrataciones de la Provincia Artículo 42 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Sistema de Contrataciones de la Provincia Salta
Artículo 42. Interpretación del contrato

En caso de duda sobre la interpretación del contrato se recurrirá al contenido de sus cláusulas, a los pliegos de bases y condiciones particulares y generales de cada contratación o a la documentación que hiciera sus veces, con las especificaciones técnicas y planos, cuando corresponda y a la presente Ley, su reglamentación, los términos de la oferta adjudicada y las muestras en ese orden de prelación.

Todas las cuestiones que se suscitaren con motivo de la ejecución del contrato, serán resueltas conforme a las previsiones del mismo.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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