Se instituye el día 21 de junio de cada año como Día de la Confraternidad Antártica Artículo 2 Provincia de Río Negro
Se instituye el día 21 de junio de cada año como Día de la Confraternidad Antártica Río Negro
Artículo 2.
El Poder Ejecutivo de la provincia, a través del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, incluirá la fecha antes mencionada dentro del calendario escolar de los distintos niveles del sistema educativo provincial, debiendo ser incorporada a la ley F nº 2381 de Conmemoraciones de Educación y Cultura en la oportunidad prevista por el artículo 3º de la ley K nº 4734, con el objetivo de promover la difusión y toma de conciencia con respecto a la importancia de la soberanía de nuestro país sobre el territorio antártico. En los establecimientos educativos que tengan período especial se celebra el día 22 de febrero de cada año.
Provincia de Río Negro Artículo 2 Se instituye el día 21 de junio de cada año como Día de la Confraternidad Antártica
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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