Se establecen los lineamientos para el Desarrollo Territorial y un Hábitat adecuado Artículo 20 Provincia de La Rioja
Se establecen los lineamientos para el Desarrollo Territorial y un Hábitat adecuado La Rioja
Artículo 20. Hechos Generadores de la Participación en la Valorización Inmobiliaria
Constituyen hechos generadores de la participación en las valorizaciones inmobiliarias, los siguientes:a) La incorporación al Área de Interfase o Periurbana, o al Área Urbana, de inmuebles clasificados dentro del espacio territorial del Área no urbana.
b) La incorporación al Área Urbana de inmuebles clasificados dentro del espacio territorial del Área de Interfase o Periurbana.
c) El establecimiento o la modificación del régimen de usos del suelo o la zonificación.
d) La autorización de un mayor aprovechamiento edificatorio de las parcelas, bien sea elevando el factor de ocupación del suelo, la edificabilidad y la densidad en conjunto o individualmente.
e) La ejecución de obras públicas cuando no se haya utilizado para su financiamiento el mecanismo de contribución por mejoras.
f) Las autorizaciones administrativas que permitan o generen grandes desarrollos inmobiliarios.
g) Todo otro hecho, obra, acción o decisión administrativa que permita, en conjunto o individualmente, el incremento del valor del inmueble motivo de la misma, por posibilitar su uso más rentable o por el incremento del aprovechamiento de las parcelas con un mayor volumen o área edificable
Provincia de La Rioja Artículo 20 Se establecen los lineamientos para el Desarrollo Territorial y un Hábitat adecuado
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Instituye a la Municipalidad de Almafuerte como sede permanente de la Fiesta Provincial de las Frutas Tropicales Misiones Artículo 2. Otorgamiento de Licencias de Taxi para vehículos Ciudad de Buenos Aires Artículo 2. Ley complementaria permenente de la ley anual de presupuesto del H. Senado Buenos Aires Artículo 18. SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES Adhesión de la provincia a la ley nacional 25.856 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 3. Transferencia de inmuebles al Municipio de Nueve de Julio Buenos Aires Artículo 4.Publique la información de sí mismo
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