Adhesión de la provincia a la ley nacional 25.856 Artículo 3 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Adhesión de la provincia a la ley nacional 25.856 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 3.
Los sujetos que adhieran a este régimen gozarán de estabilidad fiscal por el término de diez (10) años contados a partir del momento de la entrada en vigencia de esta ley. La estabilidad fiscal alcanza a todos los tributas provinciales, entendiéndose portales los Impuestos directos, tasas y contribuciones impositivas, que tengan como sujetos pasivos a los beneficiarios inscriptos. La estabilidad fiscal significa que los beneficiarios de este régimen no podrán ver incrementada su carga tributaria total provincial al momento de la incorporación de la empresa al presente marco normativo general.
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 3 Adhesión de la provincia a la ley nacional 25.856 de de Producción de Software y a la ley 25.922
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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