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Se crea el Programa de Financiamiento para inversión en obras de infraestructura básica Artículo 4 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se crea el Programa de Financiamiento para inversión en obras de infraestructura básica La Rioja
Artículo 4.

Autorízase a la Función Ejecutiva a contratar en forma directa conforme lo dispone la Constitución Provincial - Artículo 74°- y la Ley de Contabilidad N° 3.648, Título III- Contrataciones, Artículo 28°, Punto 3°, Inc. 1) y mantenida en vigencia por imperio del Artículo 98°, Inc. a) de la Ley N° 6.425, los Servicios de un operador de bolsa de reconocido prestigio y capacidad para la realización de este tipo de operaciones.

En ningún caso la comisión -honorarios a cobrar por la empresa a contratar superará el 0,80% para la estructuración y colocación de los títulos de la deuda cuya emisión dispone el Artículo 1°.



Provincia de La Rioja Artículo 4 Se crea el Programa de Financiamiento para inversión en obras de infraestructura básica
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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