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Se crea el Fondo Editorial Neuquino (FEN) Artículo 6 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se crea el Fondo Editorial Neuquino (FEN) Neuquén
Artículo 6.

Son atribuciones y deberes del consejo:

a) Dictar y modificar su reglamento interno.

b) Establecer políticas editoriales para fomentar la producción escrita, oral, táctil, virtual y en cualquier otro formato de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (TIC), como medio para visualizar la obra literaria e intelectual de los autores neuquinos mediante su publicación, promoción, difusión y distribución, sobre la base del respeto y el fomento de la diversidad estética.

c) Financiar, total o parcialmente, las obras que reúnan valores literarios, filosóficos, estéticos, técnicos, científicos, artísticos,académicos, sociales, históricos o políticos de interés para la provincia y que respeten los derechos fundamentales de la ciudadanía en su diversidad colectiva y personal.

d) Fomentar la participación y el acceso a la edición del mayor número de autores posible asistiendo a la diversidad literaria existente.

e) Planificar estrategias y mecanismos de difusión, distribución y promoción del catálogo de libros editados por el FEN.

f) Impulsar un corredor literario que convoque a escritores, editores y empresarios de la industria del libro mediante la organización de ferias y festivales literarios, congresos, seminarios, charlas u otras actividades afines locales, regionales, nacionales e internacionales, permanentes o itinerantes.

g) Preservar las obras publicadas con fondos provenientes del FEN, las que deben ser depositadas bajo su custodia.

h) Convocar a concurso abierto para diseñar las portadas de las obras que se publiquen.

i) Elaborar un registro de las obras publicadas indicando lo siguiente: nombre del autor, género, cantidad de copias, importe invertido y toda otra información que sirva de registro estadístico y de acceso público a la información.

j) Colaborar con organismos nacionales y provinciales en el diseño de políticas socioeducativas y de promoción literaria y cultural para incluir la lectura de los autores regionales en los planes de lectura y en las asignaturas vinculadas con la literatura.

k) Desarrollar acciones de cooperación y suscribir convenios con editoriales o con organismos, instituciones o empresas públicas o privadas provinciales, nacionales o internacionales para la coedición, reedición, promoción, distribución y difusión de las obras de interés para el intercambio cultural. En cada caso, deben determinarse las condiciones particulares de producción y distribución editorial y de responsabilidad económica de las partes.

l) Realizar, como mínimo, dos convocatorias anuales para seleccionar las obras que publicará el FEN.

m) Seleccionar una obra póstuma representativa, inédita o agotada, de un escritor de Neuquén para incorporarla al patrimonio cultural inmaterial de la provincia.

n) Valorar la presentación de obras literarias que reúnan valores educativos, sociales, culturales, artísticos o literarios de señalado interés provincial.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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