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Regulación del Sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales de los Funcionarios y Agentes del Sect Artículo 3 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación del Sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales de los Funcionarios y Agentes del Sector Público Buenos Aires
Artículo 3. Sujetos comprendidos

Están obligados a la presentación de Declaración Jurada Patrimonial, aun cuando se desempeñen en el cargo en forma transitoria:

a) Poder Ejecutivo y Órganos de la Constitución a.1) Gobernador;

a.2) Vicegobernador;

a.3) Jefe de Gabinete de Ministros;

a.4) Ministros, Secretarios, Subsecretarios y todo otro funcionario con jerarquía equivalente.

a.5) Director General de Cultura y Educación y los miembros del Consejo General de Cultura y Educación;

a.6) Directores Provinciales, Directores, y todo otro funcionario con jerarquía equivalente o superior a Director;

a.7) Personal de gabinete y secretario privado según Ley N° 10.430; a.8) Escribano General de Gobierno y Escribano adscripto superior;

a.9) Asesor General de Gobierno y Asesor Ejecutivo;

a.10) Contador General de la Provincia y Subcontador;

a.11) Tesorero General de la Provincia y Subtesorero;

a.12) Fiscal de Estado y Fiscales de Estado Adjuntos;

a.13) Los miembros del Consejo de la Magistratura representantes del Poder Ejecutivo;

a.14) Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y adjuntos.

a.15) El personal de los Organismos de la Constitución, con categoría no inferior a la de secretario o equivalente;

a.16) Integrantes del Directorio del Banco de la Provincia de Buenos Aires;

a.17) Personal de las Policías de la Provincia con jerarquía igual o superior a la de Oficial Inspector o equivalente, personal de jerarquía inferior a cargo de una comisaría y la totalidad del personal que preste servicios, sin importar jerarquía o función, en la Superintendencia de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado;

a.18) Personal del Servicio Penitenciario con grado igual o superior al de Acalde o equivalente y personal de jerarquía inferior a cargo de unidades penitenciarias o alcaldías;

a.19) Titulares o Representantes de los Entes Reguladores y de los Organismos Autárquicos y/o Descentralizados;

a.20) Personal Superior de la Administración Centralizada y Descentralizada, inclusive Empresas del Estado, con jerarquía igual o superior a Subdirector o Subgerente;

a.21) Representantes del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires destacados en misión oficial o permanente en el país o en el extranjero;

a.22) Persona] que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio público, integre comisiones de adjudicaciones, compra y recepción de bienes, participen en licitaciones y concursos; y jefes de personal o recursos humanos;

a.23) Todo funcionario o empleado público encargado de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier actividad, como también todo funcionario o empleado público encargado de controlar el funcionamiento de dichas actividades o de ejercer cualquier otro control en virtud del ejercicio del poder de policía.

a.24) Secretario y Prosecretario de la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados.

b) Tribunal de Cuentas b.1) Miembros del Tribunal;

b.2) Secretarios y Relatores;

b.3) Cuerpo de Auditores;

b.4) Directores, subdirectores y personal con jerarquía equivalente;

b.5) Personal que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio, integre comisiones de adjudicaciones o recepción dé bienes, participe en licitaciones y concursos y jefe de personal o recursos humanos.

c) Empresas, Sociedades y otros Entes del Estado c.1) Presidente;

c.2) Miembros del Directorio o Cuerpo Colegiado de Conducción;

c.3) Gerentes y subgerentes;

c.4) Directores y Subdirectores;

c.5) Contador, Tesorero y Habilitado; c.6) Síndicos;

c.7) Personal que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio público, integre comisiones de adjudicaciones o recepción de bienes, participe en licitaciones y concursos y jefes de personal o recursos humanos;

c.8) Miembros de sociedades por acciones en que el Estado sea accionista y actúe en su representación;

c.9) Miembros de Entes Reguladores con categoría igual o superior a Director o equivalen;

c10) Funcionarios o empleados con categoría, o función igual o superior a la de director o equivalente, que presten servicio en las obras sociales administradas por el Estado provincial;

c.11) Los rectores, decanos y secretarios de las universidades provinciales, c.12) funcionarios o empleados con categoría o función no inferior a la de director o equivalente, que presten servicios en la administración pública provincial, centralizada o descentralizada, en los entes autárquicos y/o descentralizados, en los organismos de control de los servicios públicos, en las empresas y sociedades del Estado y el personal con similar categoría o función, designado a propuesta del Estado en las sociedades de economía mixta, en las sociedades anónimas con participación estatal y en otros entes del sector público.

d) Poder Legislativo d.1) Diputados y Senadores;

d.2) Secretarios y prosecretarios de ambas Cámaras;

d.3) Contador, Tesorero, Auditor y Habilitado;

d.4) Directores, Subdirectores y personal de jerarquía equivalente; d.5) Personal que intervenga en el manejo de fondos públicos, administre patrimonio público, integre comisiones de adjudicaciones o recepción de bienes, participe en licitaciones o concursos y jefes de personal o recursos humanos.

e) Otros:

e.1) Interventores y personal que reemplace, subrogue o sea sustituto legal en todos los casos antes enunciados, mientras dure la situación de reemplazo;

e.2) Todos y cada uno de aquellos que por reglamentación de cada una de las respectivas Autoridades de Aplicación sean incorporados al presente régimen.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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