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Regulación de mecanismos de acceso a la información pública Artículo 9 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Regulación de mecanismos de acceso a la información pública Mendoza
Artículo 9. Derechos del solicitante

Toda persona que solicite información a cualquier sujeto que esté comprendida por la presente Ley tendrá los siguientes derechos:

a) a ser informada si los documentos que contienen la información solicitada, o de los que se pueda derivar dicha información, obran o no en poder de la autoridad pública;

b) Si dichos documentos obran en poder de la autoridad pública que recibió la solicitud, a que se le comunique dicha información en forma expedita;

c) Si dicha información no se le entrega al solicitante, a denunciar la no entrega de la misma;

d) A solicitar información sin tener que justificar las razones por las cuales se solicita la información;

e) A ser libre de cualquier discriminación que pueda basarse en la naturaleza de la solicitud;

f) A obtener la información en forma gratuita o con un costo que no exceda el costo de reproducción de los documentos;

g) El solicitante no podrá ser imputado o sancionado en modo alguno por el ejercicio del derecho de acceso a la información.



Provincia de Mendoza Artículo 9 Regulación de mecanismos de acceso a la información pública
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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