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Regulación de la Captura, Cría y/o Cultivo de los Recursos Pesqueros en Jurisdicción Artículo 67 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Regulación de la Captura, Cría y/o Cultivo de los Recursos Pesqueros en Jurisdicción Santa Fe
Artículo 67.

En el caso de decomisos, ya sea de elementos de pesca u otros implementos, una vez firme la sanción, la Autoridad de Aplicación, procederá a darle el destino que se considere más conveniente, incluyendo la venta o remate.

En el caso de tratarse de elementos o artes de pesca prohibidos por la reglamentación se deberán destruir.

En caso de peces vivos serán devueltos al medio natural; si se tratase de especies exóticas o autóctonas de otras cuencas o de viveros no podrán ser introducidos a los sistemas naturales.

Si los productos fueran perecederos, serán destinados a las instituciones de beneficencia, hospitales, colegios o asilos, etc., a los que se les entregará bajo recibo, el que será agregado al acta de las actuaciones correspondientes. De no ser posible esta alternativa, se procederá a la desnaturalización de estos productos.

Cuando se procediera a vender o rematar elementos o productos provenientes de decomisos, el producido ingresará al Fondo de Manejo Sustentable de los Recursos Pesqueros.

Provincia de Santa Fe Artículo 67 Regulación de la Captura, Cría y/o Cultivo de los Recursos Pesqueros en Jurisdicción
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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