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Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia Artículo 74 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia Mendoza
Artículo 74. PASE A DISPONIBILIDAD Y PASIVA

El personal que revistare en situación pasiva se regirá por las siguientes normas:

1- Sufrirá la privación temporal de los deberes establecidos en los incisos 2, 4, 6, 11, 12, 14, 15, 16 y 17 del artículo 43- y los derechos establecidos en los incisos 3, 4, 12, 13, 14, 15 y 17 del Artículo 45, Subsistirá la observancia de las prohibiciones establecidas en el artículo 44.

2- El que se encontrare en algunas de las situaciones previstas en los incisos 1), 3), 5) ó 6) del Artículo 68 no percibirá remuneración alguna. El que se encontrare en las situaciones contempladas en los incisos 2) y 4) del Artículo 68 percibirá el cincuenta (50) por ciento de su remuneración.

3- De prorrogarse por más de ciento veinte (120) días la situación pasiva dispuesta en razón del inciso 4 del Artículo 68 se tendrá derecho a percibir, desde ese momento, la remuneración en las condiciones previstas para la situación de disponibilidad.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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