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Reglamentación del ejercicio de la profesión de Nutricionista o Licenciado en Nutrición en todo el t Artículo 7 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Reglamentación del ejercicio de la profesión de Nutricionista o Licenciado en Nutrición en todo el territorio Salta
Artículo 7.

Incurre en ejercicio ilegal de la profesión, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran corresponder:

a) El que sin poseer título habilitante ejerciera actividades inherentes a la profesión de nutricionista.

b) El que posee título habilitante y ejerciera su profesión sin estar inscripto en la matrícula del Colegio, o se presentase como especialista sin estar debidamente inscripto en la matrícula de Especialistas.

c) El que con título y matrícula para el ejercicio profesional, prestare su nombre a otro que no tuviere título o autorización, para el ejercicio de la profesión.

d) El que hiciera usurpación de autoridad, títulos u honores.

e) El que cometiera delitos contra la salud pública.

f) Los que ejerzan actividades de incumbencias del profesional nutricionista bajo el título de asesor nutricional, auxiliar en nutrición, coaches nutricionales, health manager, speaker, y que lucren en propio beneficio.

Provincia de Salta Artículo 7 Reglamentación del ejercicio de la profesión de Nutricionista o Licenciado en Nutrición en todo el territorio
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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