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Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Artículo 19 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Registro Voluntario de Centros de Adultos Mayores de Gestión Social Río Negro
Artículo 19.

Los CAMGS dispondrán según sus criterios la designación y promoción del personal directivo, operativo y de maestranza que considere necesario para el mejor cumplimiento de sus objetivos dentro de las pautas generales que establezca la reglamentación y las actualizaciones que resuelva la Dirección de Adultos Mayores. El personal de los CAMGS reconocidos tendrá derecho a una remuneración mínima igual a la del personal de instituciones de gestión estatal y deberán poseer títulos establecidos por la reglamentación. El personal de los CAMGS deberá aceptar y respetar el ideario y reglamento interno de la institución, constituyendo falta grave la inobservancia de los mismos. Las designaciones serán comunicadas al Ministerio de Desarrollo Social para su intervención y a efectos de que determine si la dotación y el personal designado reúnen los requisitos que al efecto se fijen en la reglamentación de la presente y otras normas del orden provincial o nacional.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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