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Registro Provincial de Patologías Derivadas de la Contaminación Ambiental y el Cambio Climático Artículo 2 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Registro Provincial de Patologías Derivadas de la Contaminación Ambiental y el Cambio Climático Misiones
Artículo 2.

Son objetivos de la presente ley:

1) Registrar con fines estadísticos toda la información de pacientes que presenten patologías derivadas de la contaminación ambiental y el cambio climático;

2) Reconocer a la Medicina Ambiental como disciplina médica transversal y desarrollar programas de formación para estudiantes y profesionales de la salud;

3) Generar programas de concientización a los fines de reducir los distintos agentes contaminantes en las viviendas, establecimientos educativos y ambientes laborales;

4) Identificar y eliminar los riesgos causantes de las patologías derivadas de la contaminación ambiental y el cambio climático.

Provincia de Misiones Artículo 2 Registro Provincial de Patologías Derivadas de la Contaminación Ambiental y el Cambio Climático
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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