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Régimen jurídico y poder de policía en materia mortuoria en los cementerios Artículo 1 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen jurídico y poder de policía en materia mortuoria en los cementerios Ciudad de Buenos Aires
Artículo 1.

La política mortuoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se regirá por los siguientes principios:

* Garantizar la dignidad en el trato y respeto al difunto y a los deudos.

* Resguardar la oportunidad de entierro digno para todos los habitantes de la Ciudad.

* Asegurar el respeto por los diversos cultos, religiones, costumbres y creencias.

* Promover el mantenimiento de la Higiene Ambiental.

* Realzar el valor patrimonial y cultural de las Necrópolis del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Incentivar y propender a mejorar la calidad en la prestación de los servicios funerarios públicos y privados.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 1 Régimen jurídico y poder de policía en materia mortuoria en los cementerios
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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