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Régimen especial en favor de las personas humanas con talla baja por Acondronoplasia y otras Displas Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen especial en favor de las personas humanas con talla baja por Acondronoplasia y otras Displasias Esqueléticas con Enanismo Chaco
Artículo 5. Líneas de acción

Conforme con el artículo anterior, serán líneas de acción para el Estado Provincial y a su vez directrices para la autoridad de aplicación:

a) Promover la plena vigencia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, ley 1794-B adhesión a la ley nacional 26.378.

b) Contribuir al logro de su inclusión social efectiva, la convivencia pacífica, eliminando toda forma de discriminación y maltrato de las personas con talla baja.

c) Facilitar el acceso y los beneficios del Certificado Único de Discapacidad.

d) Impulsar su acceso en todas las etapas y ciclos de la vida a la salud, la educación, el trabajo, el empleo, la vivienda, la vestimenta, a un medio ambiente sano, a la capacitación, la recreación, el deporte, la cultura y el turismo.

e) Fomentar proyectos productivos mediante la creación de programas dirigidos específicamente a brindarles oportunidades laborales.

f) Estimular estudios e investigaciones, conjuntamente con el sector privado.

g) Crear el Registro Provincial de personas con talla baja por diagnóstico de ADEE y establecer los mecanismos para su permanente actualización.

h) Fortalecer e impulsar el derecho a la asociación de las personas de talla baja por ADEE.

i) Suscitar el interés del cuerpo médico y profesionales de la salud, relacionado con las diferentes formas y causas generadoras de la talla baja por ADEE, buscando la adecuada y oportuna prestación de tratamientos médicos, endocrinólogos, psicológicos y de otras disciplinas, con una visión integral, interdisciplinaria y con enfoque de derechos.

j) Desarrollar políticas, programas de capacitación y proyectos que favorezcan el progreso integral y la realización personal de los niños, las niñas, los adolescentes, las personas adultas y las personas mayores con talla baja por ADEE.

k) Propiciar un abordaje durante todo el ciclo de vida, integral y multidisciplinario de la situación de las personas con ADEE, propiciando la intervención de los profesionales de las ciencias de la salud, en especial y a título enunciativo: genetistas, biólogos, neurólogos, psicólogos, pediatras, bioquímicos, endocrinólogos, enzimologías, especialistas del aparato locomotor, ortopedistas, kinesiólogos, cirujanos ortopédicos, ginecólogos, especialistas en derechos sexuales y reproductivos y de las ciencias sociales, terapista ocupacional, trabajadores sociales.

l) Diseñar un plan estratégico integral, gradual y progresivo, con perspectiva de acciones a corto, mediano y largo plazo, que asegure la supresión de barreras y establezca la base necesaria para que no se vuelvan a originar.

m) Establecer las condiciones de accesibilidad necesarias con ajustes razonables y sistema de apoyos, para los espacios de uso público, los edificios, medios de transporte, los productos, servicios y procesos de comunicación.

n) Garantizar y asegurar el derecho de las personas con talla baja por ADEE, a la movilidad personal con la mayor independencia posible, al suministro de formas de asistencia, tecnologías de apoyo, dispositivos técnicos y ayudas para la movilidad, de calidad y a precios asequibles.



Provincia del Chaco Artículo 5 Régimen especial en favor de las personas humanas con talla baja por Acondronoplasia y otras Displasias Esqueléticas con Enanismo
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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