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Regimen de Responsabilidad Fiscal y del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal Artículo 12 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Adhesion a la Ley Nacional 25.917. Regimen de Responsabilidad Fiscal y del Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal Buenos Aires
Artículo 12.

Son funciones, misiones y objetivos del Consejo:

1. Elaborar el marco macrofiscal que sea de utilidad para la planificación presupuestaria de los Municipios.

2. Elaborar reglas para la formulación de proyecciones presupuestarias plurianuales, fijación de metas físicas y evaluación de su cumplimiento.

3. Difundir información sobre planificación y ejecución presupuestaria de gastos y recursos de todos los Municipios mediante la instrumentación de una página web.

4. Formular los conversores presupuestarios que permitan la consolidación y presentación homogénea de los presupuestos municipales con el de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el punto anterior, y hasta tanto se establezca un clasificador presupuestario uniforme para todos los Municipios de la Provincia.

5. Establecer reglas en materia de cálculo de parámetros e indicadores homogéneos de gestión pública que midan eficiencia y eficacia en materia de recaudación y gasto.

6. Formular metodologías para la proyección de recursos por acciones de política fiscal y financiera 7. Establecer procedimientos para la estimación del gasto tributario incurrido por la aplicación de las políticas fiscales.

8. Formular recomendaciones en materia de pautas y reglas de administración de recursos financieros y reales para todos los Municipios y elevarlas al Poder Ejecutivo Provincial para su consideración.

9. Formular recomendaciones en materia de política fiscal y financiera, de recursos humanos, tributarias, de compras y contrataciones, en atención a la necesidad de dotar de uniformidad y reducir las asimetrías entre los Municipios.

10. Constituir un ámbito de investigación y difusión de conocimientos técnicos en materia de política fiscal y financiera, recursos, presupuesto, etc.

11. Promover el vínculo fluido entre las áreas de presupuesto y finanzas de los distintos municipios de la provincia, asegurando el intercambio de pautas, criterios y metodologías generales utilizadas.

12. Ser el ámbito para el fomento, elaboración, desarrollo, consulta e implementación de políticas y acuerdos tendientes a homogeneizar y armonizar bases imponibles y alícuotas de tributos municipales.

13. Ser el ámbito para el fomento, elaboración, desarrollo, consulta e implementación de las políticas y acuerdos para delimitar las funciones y responsabilidades que le competen a cada nivel de gobierno, tendientes a armonizar y coordinar entre los mismos dichas atribuciones, procurando las reasignaciones necesarias y sus acciones para llevar adelante las mismas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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