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Régimen de Promoción de las Actividades relacionadas al Turismo Activo Artículo 8 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen de Promoción de las Actividades relacionadas al Turismo Activo Corrientes
Artículo 8.

La inscripción a la que se re??ere al artículo 7º, debe ir acompañada con carácter previo al inicio de actividades, de una solicitud digitalizada con carácter de declaración jurada en la que debe constar:

a) datos de la persona humana o física;

b) inscripciones en organismos impositivos a nivel nacional y provincial, y habilitaciones municipales:

c) detalle de los programas y productos ofrecidos, indicando itinerarios, senderos, caminos y rutas habituales, duración, tarifa, número máximo de participantes en cada actividades y personas a las cuales no podrán ser ofrecidas las actividades, si correspondiere esto último;

d) detalle de equipos técnicos, vehículos o medios de posean para cada actividad, y documentación respaldatoria de las habilitaciones y seguros vigentes, teniendo particularmente en cuenta el uso al que van a destinarse;

e) datos y documentación respaldatoria del personal especializado o guías, baqueanos y auxiliares; el prestador deberá declara la cantidad de guías, baqueanos y auxiliares que dispone, identificación y datos personales de cada uno de ellos y tipo de vínculo o relación laboral.- f ) detalle de las pólizas de seguros de accidentes y de responsabilidad civil a lo que se refiere el artículo 9º de esta Ley, con sus respectivos vencimientos;

g) detalle del protocolo de emergencia, incluyendo aparatos de comunicación durante la prestación del servicio, contactos de urgencia y personal responsable.

Toda alteración, modificación y falta de mantenimiento de la documentación respaldatoria no comunicada a la autoridad de aplicación dará lugar a la caducidad de la inscripción, previo aviso al interesado con diez (10) días de antelación.



Provincia de Corrientes Artículo 8 Régimen de Promoción de las Actividades relacionadas al Turismo Activo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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