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Régimen de Promoción Audiovisual Artículo 9 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Régimen de Promoción Audiovisual Chaco
Artículo 9.

Atribuciones y Deberes: La Dirección de Cine, Audiovisuales y Artes Digitales -DECAAD- tendrá las siguientes responsabilidades y atribuciones:

a) Proponer a la autoridad superior y al Consejo Audiovisual Vinculante un Plan Anual de Gestión.

b) Ejecutar el Plan Anual de Gestión aprobado por el Consejo Audiovisual Vinculante y la autoridad superior.

c) Informar periódicamente a la autoridad superior y al Consejo Audiovisual Vinculante el desarrollo del Plan Anual de Gestión.

d) Asesorar al Consejo Audiovisual de la Provincia del Chaco respecto de las normas a dictarse que sean de interés para el desarrollo del cine y el producto audiovisual provincial.

e) Coordinar y articular con cualquier otro organismo del Estado todo tipo de procedimiento o gestión necesaria para facilitar la circulación de insumos y la producción de obras cinematográficas y audiovisuales dentro y fuera de la Provincia.

f) Captar recursos financieros tales como donaciones y legados; promover proyectos de patrocinio, fomento, inversión y de cooperación nacional e internacional e impulsar la creación de líneas de financiamiento para el desarrollo del sector.

g) Administrar el Fondo de Fomento Audiovisual.

h) Crear y coordinar el Archivo General Audiovisual que digitalizará, atesorará y conservará los contenidos audiovisuales de relevancia social, histórica y cultural y los pondrá al alcance de todos los ciudadanos.

i) Promover y organizar festivales, muestras y concursos, proponiendo los jurados para los mismos.

j) Implementar la creación y permanente actualización de un Registro Público Audiovisual (RePA), en el que constarán los datos identificatorios de las personas físicas y jurídicas domiciliadas en la Provincia que realicen producción, servicios, distribución y exhibición audiovisual; como también de técnicos y especialistas que intervienen en la actividad y residen en la Provincia.

k) Ejecutar la creación y coordinar la Comisión de Filmaciones "Filmá en Chaco" que funcionará bajo su ámbito con el objetivo de promover a la Provincia como locación de filmaciones para producciones locales y foráneas y la articulación con organizaciones públicas y privadas, nacionales, provinciales, municipales e internacionales a fin de facilitar dicho objetivo.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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