Régimen de Municipios y Comunas Artículo 134 Provincia de Córdoba
Régimen de Municipios y Comunas Córdoba
Artículo 134. Presidencia
La presidencia de la Junta será ejercida por el miembro de jerarquía superior, o por el más antiguo a igualdad de jerarquía. Cuando ninguno desempeñare función pública, por el de mayor edad.
Provincia de Córdoba Artículo 134 Régimen de Municipios y Comunas
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 186. Instituto Provincial de Capacitación Municipal Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 228. Responsabilidad de Escribanos Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 235.Recomendados
Fondo hidrico de infraestructura. Establécese en todo el territorio de la nación, con afectación específica al desarrollo de proyectos, obras, mantenimiento y servicios de infraestructura hídrica, de ... Código Procesal Civil y Comercial San Juan Artículo 47. PATROCINIO OBLIGATORIO CUANDO SE ACTÚA POR PROCURADOR Constitución Formosa Artículo 169. Declara Fiesta Provincial del Yatai a las conmemoraciones que se realizan anualmente en la localidad de Mantilla Corrientes Artículo 5. Nueva Ley de Ministerios. Deroga la Ley 14.803 Buenos Aires Artículo 40.Publique la información de sí mismo
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