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Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios Artículo 1 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 1.

Autorízase al Poder Ejecutivo a reestructurar los préstamos contraídos en virtud de las disposiciones del Acuerdo Nación - Provincias, los cuales fueran plasmados a través de Convenios Registrados bajo los Nros. 17.565 y 20.373, ratificados mediante Leyes provinciales 1.114 y 1.341 y promulgados por Decretos provinciales N° 1497/16 y 1801/20, mediante la emisión de un Bono de Conversión, haciendo uso de la opción dispuesta en el artículo 8º de la Ley nacional 27.574 y conforme con el Decreto N° 458/21, del Poder Ejecutivo nacional, por hasta la suma de PESOS NOVECIENTOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES ($909.437.543).



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 1 Reestructuración de préstamos contraidos entre Nación y Provincia, plasmados en los convenios registrados bajo Nº 17.565 Y 20.373
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