Ratifican la emergencia declarada por el Decreto 316/2025 Artículo 2 Provincia de Buenos Aires
Ratifican la emergencia declarada por el Decreto 316/2025 Buenos Aires
Artículo 2.
Declárase el estado de emergencia social, económica, sanitaria, ambiental y urbana en el Municipio de Bahía Blanca por el mismo plazo que el artículo precedente. Facúltase al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires a implementar, durante el plazo que dure la emergencia, todas las acciones necesarias para garantizar la adecuada gestión ambiental de los residuos sólidos urbanos, residuos voluminosos y otros residuos generados como consecuencia de la emergencia, que no puedan ser gestionados de acuerdo a la regulación preexistente. A tal efecto, el Ministerio de Ambiente tendrá las siguientes facultades:
1. Creación de un Comité Temporal de Emergencia: En coordinación con el Municipio de Bahía Blanca y su autoridad ambiental, el Ministerio de Ambiente creará un Comité Temporal de Emergencia, el cual establecerá un protocolo para la gestión integral de residuos, incluyendo la operación de rellenos sanitarios, centros de acopio y otras instalaciones necesarias. La constitución y funcionamiento de dicho Comité se regirán por normativa complementaria, atendiendo a las particularidades de la emergencia.
2. Requerimiento de información: El Ministerio de Ambiente podrá requerir a cooperativas, empresas y organizaciones que desarrollen actividades relacionadas con la gestión integral de residuos, reportes periódicos sobre su operatividad, capacidad, ámbito territorial de operación, tecnología utilizada y cualquier otra información relevante para adoptar medidas anticipatorias y preventivas en el marco de la emergencia.
3. Procedimientos de excepción: Durante la vigencia de la emergencia, el Ministerio de Ambiente podrá establecer procedimientos de excepción para la obtención de permisos y/o autorizaciones de funcionamiento vinculados a las actividades reguladas por las Leyes Provinciales N° 11.347, 11.720 y 13.592.
4. Coordinación con Hacienda y Finanzas: El Ministerio de Ambiente coordinará con el Ministerio de Hacienda y Finanzas para efectuar las reestructuraciones presupuestarias necesarias que permitan financiar las medidas ambientales, sociales y sanitarias derivadas de la aplicación de la presente Ley.
Provincia de Buenos Aires Artículo 2 Ratifican la emergencia declarada por el Decreto 316/2025 - Estado de emergencia en varios partidos de la provincia
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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