Ratifican la emergencia declarada por el Decreto 316/2025 Artículo 20 Provincia de Buenos Aires
Ratifican la emergencia declarada por el Decreto 316/2025 Buenos Aires
Artículo 20.
Encomiéndase al Poder Ejecutivo Provincial, a solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, la eximición del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o, en su defecto, una reducción del mismo, para las operaciones de venta realizadas por establecimientos comerciales y/o industriales cuya actividad principal sea la provisión de materiales para la construcción, insumos y repuestos para el mantenimiento y reparación de bienes muebles e inmuebles, y equipamiento del hogar, dentro del Municipio de Bahía Blanca, por el plazo de vigencia de la emergencia establecida en el artículo 1°.
Provincia de Buenos Aires Artículo 20 Ratifican la emergencia declarada por el Decreto 316/2025 - Estado de emergencia en varios partidos de la provincia
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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