Ratifica la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por la Ley 10.119, 10.489 y 10.772, en relación al inmueble individualizado en el artículo 1º de la Ley Nº 10.119 (Ratifica la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por l) Provincia de Entre Ríos
Ratifica la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación dispuesta por la Ley 10.119, 10.489 y 10.772, en relación al inmueble individualizado en el artículo 1º de la Ley Nº 10.119 Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Ratifícase la vigencia de la declaración de utilidad pública y sujeción a...
- Artículo 2. Modifíquese el destino del inmueble a expropiar previsto en la Ley Nº...
- Artículo 3. Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias...
- Artículo 4. Confiérase a la Escribanía Mayor de Gobierno la facultad de autorizar la...
- Artículo 5. Comuníquese, etc
Otras regulaciones
Desígnase con el nombre Acceso Sur Eva Duarte al tramo vial conocido como Acceso Sur hasta el límite con el Ejido Municipal de la ciudad La Paz Facultan al Gobierno de la provincia a aceptar la donación de un inmueble Autorización al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar la donación formulada por la Municipalidad de Alcaráz Se desafectan y transfieren inmuebles Crean régimen especial para el ingreso y escalafón de la Orquesta SinfónicaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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